martes, 20 de julio de 2010

LA CARRERA ENTRE LA DEMOLICIÓN Y LA PROTECCIÓN

Con la sanción en primera lectura de la ley que establece un área de Protección Histórica de un sector próximo a la estación Floresta en noviembre del 2009, se desató una carrera en la búsqueda de más inmuebles (dentro de esta área) para ser demolidos o reformados para refuncionalizarlo en locales comerciales o “neo conventillos” destruyendo aún más el tejido social que caracterizó a nuestro barrio.

Así fue que con asombro vimos como se empezó a demoler la casa de Bogotá 3770 (enero 2010), inmueble este que se encuentra dentro del listado de propiedades a ser catalogadas, la rápida acción de los vecinos, nuestra asociación y la defensoría a Cargo del Defensor Adjunto Gomez Coronado se logró que los trabajos se detuvieran y la obra fuera cuasi clausuradas y decimos cuasi dado que la franja de clausura fue colocada al lado de la puerta para que así evitar su ruptura y limpiar de culpa y cargo a aquellos funcionarios que deben velar para que las mismas no sean violada.

Hoy estas obras continuaron, en especial en la planta alta esperando ver como se resuelva el tema de la losa de hormigón armado que cubrió totalmente el patio interno.

Fotografía tomada el 13 de julio donde se observa un volquete lleno de escombros y basura de obra y la construcción de una reja sobre el balcón que no corresponde a ser instalada en un edificio que está catalogado por ahora en forma provisoria.

Pero no fue el único inmueble que sufrió estos embates, la casa de Av. Avellaneda 3735 fue demolida entre el jueves y viernes santos fue reducida a escombros y sin ningún registro de planos ni dictamen del CAAP dado que el inmueble es anterior al 1941 y menos aún algún cartel de obra que indique lo que allí se va a construir o algún responsable de estos trabajos

Fotografía obtenida en viernes santo 2010

Como dijimos antes la rápida acción de los vecinos, de nuestra asociación y de los organismos de control han generado entre los causantes de estos daños un cierto cuidarse y buscar distintas metodología para evitar las clausuras, es decir pusieron en marcha aquel axioma que dice “hecha la ley, hecha la trampa” así aparecen carteles de obras solo con un número que seguro es falso y sin ningún dato que obliga en Código de Edificación, como en el inmueble de Joaquín V. González 165.

En el círculo se observa una viga de hormigón y su interior demolido


Hoy esta obra se encuentra paralizada.

Siguiendo con esta carrera entre la demolición y la protección otro “modus operandi” es la de debilitar las estructuras o la destrucción de sus techos para que al dejar a la intemperie sus interiores, la lluvia, la humedad, el sol y otros elementos lo vayan destruyendo para que luego al realizar el trámite de acuerdo a la lay 3056 la misma ya fue prácticamente destruida, un claro ejemplo es lo que viene sucediendo con la “Villa Elizabeth” casona de Bacacay 3450 de 1906 y que cuenta con proyecto de ley (582-D-2010) para su catalogación, que luego de ser presentado este proyecto se le procedió al retiro de su techo.

Por la ventana se puede observar la claridad del cielo.

Hoy en Floresta no sabemos cuantos expedientes se han presentado para demoler inmuebles de valor patrimonial, para forzar un “derecho adquirido” antes que se promulgue la ley y que tan derecho adquirido se tiene cuando en realidad la presentación de estos expedientes responde a una acción especulativa, ¿Por qué se debe tener esa espada de Damocles sobre estos inmuebles?, ¿Por qué no se podrá establecer tiempos entre la presentación y los trabajos autorizados a realizar?.

Como se sabe La Legislatura, dicta normas que tienen que ver con la construcción y con los usos. Esas normas se supone que se respetaban y permitían que se construya un edificio o que haya un taller o un local comercial. Es cierto que sobre esas construcciones y esos usos se adquieren derechos. Pero en nuestra opinión –los usos que no fueron utilizados, de los que no se hizo uso, valga la redundancia, o aquellas posibilidades que daba la norma de construir más allá, no son derechos adquiridos y la Ciudad puede regular sobre ellos y puede poner fin a esos expedientes presentados.

Hoy la discusión que planteamos es si la Ciudad puede legislar sobre los usos y construcciones de los que no hizo, si la Ciudad puede decir “no se puede construir más allá de lo que ya estuvo construido” o “no se puede hacer algo más allá de lo que no se hizo”. Nosotros entendemos que puede.

Por eso es de imperiosa necesidad la sanción del despacho de la segunda lectura de la ley de Area de Protección Histórica del Barrio de Floresta que entre en vigencia y llevar a debate esa situación de determinar que se hace con los expediente que no hicieron uso de normas que ya fueron cambiadas.

Todo lo que estamos haciendo hoy tiene que ver con la intensidad de lo que nos pasa como barrio con identidad e historia.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

que cosa, son imparables.
la de j v gonzalez 165 tiene como 2 0 3 pisos de edificacion hecho, este se ve de casas aledañas en la cuadra . de la calle no se ve casi nada.
y es verdad uno camina y si ve un cartel piensa q algun permiso tendran y no se preocupa , o cree q ya es un tema perdido

Anónimo dijo...

YA NO SALVAN MAS A FLORESTA ESTA DESTRUIDA. HACE AÑOS, VIEJOS CORRANCE, VAYANSE, SON BOLETAS TODOS. LA LEY ES LA PLATA